Suspensión del Decreto de Salario Mínimo 2026: Guía Práctica para Empresarios
Contexto de la decisión judicial
El magistrado sustanciador del Consejo de Estado, encargado de las demandas acumuladas contra el Decreto 1469 de 2025, profirió un auto que suspende temporalmente sus efectos. El decreto en cuestión había fijado el salario mínimo para 2026 en $1.750.905, lo que representaba un incremento del 23% frente al año anterior.
El proceso judicial examina si la metodología empleada para determinar este incremento se ajusta a los parámetros que establece la Ley 278 de 1996. Los demandantes argumentan que el concepto de "salario vital" utilizado como fundamento no está contemplado en dicha normativa, la cual exige que los aumentos se calculen con base en indicadores económicos específicos como inflación, productividad y crecimiento del PIB.
Es pertinente aclarar que esta suspensión corresponde a una medida cautelar dentro del proceso, no a una decisión definitiva sobre la validez del decreto.
Nuestra orientación para clientes
Ante las consultas que hemos recibido respecto de cómo proceder a determinar la nómina del 15 de febrero de 2026, teniendo en cuenta el auto proferido por el magistrado sustanciador que tiene a cargo las demandas acumuladas contra el Decreto 1469 de 2025, nos permitimos informar:
El Gobierno debe expedir un Decreto provisional, para lo cual el Magistrado otorgó 8 días. Entonces no se puede aplicar ningún cambio el 15 de febrero, porque esos 8 días vencen después del 15 de febrero.
Todo lo causado y pagado antes de la decisión de suspensión del decreto quedó en firme y no puede modificarse.
Hasta tanto no se expida y publique el Decreto provisional, se continuará aplicando el Decreto 1469 de 2025, es decir, el SMLMV continuará en $1.750.905 hasta tanto se expida dicho Decreto, aún si el gobierno no cumple con la obligación de expedirlo en ese tiempo, caso en el cual habrá lugar a sanciones, pero se aplicará el SMLMV actual hasta que se expida y publique efectivamente el Decreto provisional.
Es importante también tener en cuenta que ya en este momento se están radicando acciones de tutela contra ese auto de suspensión, y las sentencias de tutela podrían cambiarlo, por lo que debemos estar atentos al avance de las noticias en ese aspecto.
Marco jurídico aplicable
La orientación anterior se sustenta en principios fundamentales del derecho administrativo colombiano que resultan aplicables a esta situación.
En materia de seguridad jurídica, las obligaciones laborales que fueron liquidadas y canceladas con anterioridad al auto de suspensión mantienen plena validez. Esto significa que los pagos correspondientes a enero y los primeros días de febrero no están sujetos a revisión ni ajuste posterior.
Respecto a la vigencia de las normas, el ordenamiento jurídico establece que un acto administrativo conserva sus efectos hasta que sea reemplazado por otro de igual o superior jerarquía. La suspensión cautelar no produce los mismos efectos que una derogatoria, razón por la cual el Decreto 1469 de 2025 continúa siendo la norma aplicable hasta que el Gobierno expida el decreto provisional ordenado por el Consejo de Estado.
En cuanto al cumplimiento de órdenes judiciales, el Gobierno tiene la obligación de acatar el mandato del magistrado dentro del término concedido. La eventual demora en su cumplimiento acarrea consecuencias para la administración, pero no altera la obligación de los empleadores de aplicar el salario mínimo que se encuentre vigente en cada momento.
Escenarios que podrían presentarse
Durante las próximas semanas, la situación podría evolucionar en diferentes direcciones dependiendo de las decisiones que adopten las autoridades competentes.
Si el Gobierno expide el decreto provisional dentro del plazo establecido, las empresas deberán aplicar el nuevo valor a partir de su publicación oficial. Los pagos realizados con anterioridad no se verían afectados.
Las acciones de tutela que se están presentando contra el auto de suspensión podrían, de resultar favorables, restablecer la plena vigencia del Decreto 1469 de 2025 y el salario mínimo allí establecido.
A mediano plazo, el Consejo de Estado emitirá una sentencia de fondo que resolverá definitivamente si el decreto original cumplía con los requisitos legales para su expedición.
Consideraciones para la gestión empresarial
Este período de transición requiere que las empresas mantengan un seguimiento cercano de los pronunciamientos oficiales. Además de las implicaciones directas en la nómina, conviene revisar aquellas obligaciones contractuales y legales que se encuentran indexadas al salario mínimo, tales como aportes al sistema de seguridad social, cánones de arrendamiento y honorarios profesionales pactados con referencia a este indicador.
¿Requieres acompañamiento durante este período? En Defendo asesoramos a startups y MiPymes en la aplicación de los cambios normativos que inciden en su operación. Nuestro equipo de expertos laboralistas está disponible para atender tus consultas.
